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José Luis Buenestado Barroso
Invitado

Re: Defendamos a un abogado en www.cita.es/escuchados

Hola amigos:

Pues a defenderle‚ que es lo que hay que hacer‚ decir o a donde hay que ir
Miguel‚ y tú “in” deja de ser tan duro con Miguel‚ buytres haberlos haylos‚
pero no creo que sea éste el caso‚ cada uno se vende y promociona como
puede‚ es la ley de la Economía‚ la oferta y demanda‚‚‚‚‚‚‚
"in” <hola@ctv.es escribió en el mensaje
news:eacq79$pu6$1@nsnmrro2–gest.nuria.telefonica–data.net…


a quien al compañero o al buitre?


“loli” <marilolopez1@terra.es escribió en el mensaje
news:eacj51$al3$1@nsnmpen2–gest.nuria.telefonica–data.net…


bueno lo defederemos

––
loli––––––––––––––––––––––––––––––––

 

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Miguel A. Gallardo en http://www.cita.es
Invitado

Re: Defendamos a un abogado en www.cita.es/escuchados

Vamos a ver‚ en mi opinión‚ lo que procede es estudiar los precedentes
del precedente del TSJ de Canarias que ha citado como testigo a un
abogado porque hablaba con su cliente que tenía el teléfono
intervenido‚ y además‚ le dice al cliente que se busque otro abogado o
que le le pondrá uno de oficio porque el que ha sido grabado hablando
con él ya no puede serlo·

¿Alguien conoce algún precedente de algo así? Por favor‚ que no se
confunca con imputaciones como la de José María del Nido o la de
Rafael Jiménez de Parga que describo con referencias publicadas en
http://www.cita.es/enjuiciada

Evidentemente‚ un abogado puede ser imputado‚ procesado y condenado
como cualquier hijo de vecino‚ pero NO puede ser testigo forzoso de las
conversaciones intervenidas a su cliente‚ y menos aún ser separado de
él sólo por este hecho‚ en sí mismo‚ algo más que preocupante·

Lo que a mí me interesa es el fenómeno con sus precedentes y
consecuencias‚ y su racionalidad· Tengo algunos datos más de contexto‚
pero no son imprescindibles para comprender el caso‚ y prefiero
reservármelos porque la judicatura Canaria no va a entender que yo
escriba aquí lo que los vocales del Consejo General del Poder Judicial
no parecen haber percibido del gravísimo problema creado en Las
Palmas‚ pero basta con leer atentamente las primeras noticias de
http://www.cita.es/escuchados

Respecto a “in"‚ no es que sea duro· Es que él es‚ exactamente‚ eso
mismo de lo que viene acusándome cada vez que me lee· Cualquiera que
conozca el mecanismo de las proyecciones psicopatológicas comprenderá
que es un caso de libro el de “in” conmigo·

miguel‚ www.cita.es/conmigo

José Luis Buenestado Barroso ha escrito:


Hola amigos:

Pues a defenderle‚ que es lo que hay que hacer‚ decir o a donde hay que ir
Miguel‚ y tú “in” deja de ser tan duro con Miguel‚ buytres haberlos haylos‚
pero no creo que sea éste el caso‚ cada uno se vende y promociona como
puede‚ es la ley de la Economía‚ la oferta y demanda‚‚‚‚‚‚‚
“in” <hola@ctv.es escribió en el mensaje
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José Luis Buenestado Barroso
Invitado

Re: Defendamos a un abogado en www.cita.es/escuchados

A grosso modo Miguel‚ no crees que dichas escuchas efectuadas al inculpado y
que acaban con la  citación efectuada al abogado son inconstitucionales??‚
recordemos las escuchas realizadas e intervenidas del caso farruquito que a
pesar de que el Ministerio Fiscal las daba por buenas ‚ fueron declaradas
inconstitucionales‚ ya que dichas intervenciones estaban autorizadas
judicialmente para otro caso distinto y en todo caso la conversación de
farruquito por donde se confesaba culpable no había sido autorizada su
interceptación‚ ni por el interesado ni por orden judicial·

Este caso que comentas es muy similar‚ o aún peor si cabe‚ ya que el
teléfono se lo intervienen al imputado‚ y éste es normal que efectúe
conversaciones con su letrado‚ el letrado ejerce el derecho a la
representación y debe guardar sigilo profesional y secreto profesional‚ la
similitud es patente‚ ya que del mismo modo que las escuchas grabadas a
farruquito no valieron‚ por no mediar consentimiento ni conocimiento por el
interesado‚ las escuchas de esas conversaciones de abogado y cliente tampoco
valdrían‚ ya que el abogado hasta ese momento‚ ni es imputado‚ denunciado‚
ni siquiera investigado‚ y es lo más normal que en la representación de su
cliente hable con él‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚ por ello creo desde mi
humilde opinión como alumno de 3º de derecho‚ que dichas intervenciones son
inconstitucionales  a todas luces·

Es más‚ me atrevería a decir ‚ que aunque el abogado sea llamado como
testigo‚ éste está amparado a no declarar por clausula de conciencia y
secreto profesional‚ ya que de otro modo se inculcaría los derechos
fundamentales del inculpado a una asistencia letrada‚ a un proceso sin
dilaciones‚ a u proceso con todas las garantías y a una sentencia justa
conforme al art 24 CE…………………
"Miguel A· Gallardo en http://www.cita.es” <miguelito.gallardo@gmail.com
escribió en el mensaje
news:1154164756.191801.145450@75g2000cwc.googlegroups.com…
Vamos a ver‚ en mi opinión‚ lo que procede es estudiar los precedentes
del precedente del TSJ de Canarias que ha citado como testigo a un
abogado porque hablaba con su cliente que tenía el teléfono
intervenido‚ y además‚ le dice al cliente que se busque otro abogado o
que le le pondrá uno de oficio porque el que ha sido grabado hablando
con él ya no puede serlo·

¿Alguien conoce algún precedente de algo así? Por favor‚ que no se
confunca con imputaciones como la de José María del Nido o la de
Rafael Jiménez de Parga que describo con referencias publicadas en
http://www.cita.es/enjuiciada

Evidentemente‚ un abogado puede ser imputado‚ procesado y condenado
como cualquier hijo de vecino‚ pero NO puede ser testigo forzoso de las
conversaciones intervenidas a su cliente‚ y menos aún ser separado de
él sólo por este hecho‚ en sí mismo‚ algo más que preocupante·

Lo que a mí me interesa es el fenómeno con sus precedentes y
consecuencias‚ y su racionalidad· Tengo algunos datos más de contexto‚
pero no son imprescindibles para comprender el caso‚ y prefiero
reservármelos porque la judicatura Canaria no va a entender que yo
escriba aquí lo que los vocales del Consejo General del Poder Judicial
no parecen haber percibido del gravísimo problema creado en Las
Palmas‚ pero basta con leer atentamente las primeras noticias de
http://www.cita.es/escuchados

Respecto a “in"‚ no es que sea duro· Es que él es‚ exactamente‚ eso
mismo de lo que viene acusándome cada vez que me lee· Cualquiera que
conozca el mecanismo de las proyecciones psicopatológicas comprenderá
que es un caso de libro el de “in” conmigo·

miguel‚ www.cita.es/conmigo

José Luis Buenestado Barroso ha escrito:


Hola amigos:

Pues a defenderle‚ que es lo que hay que hacer‚ decir o a donde hay que ir
Miguel‚ y tú “in” deja de ser tan duro con Miguel‚ buytres haberlos
haylos‚
pero no creo que sea éste el caso‚ cada uno se vende y promociona como
puede‚ es la ley de la Economía‚ la oferta y demanda‚‚‚‚‚‚‚
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Miguel A. Gallardo en http://www.cita.es
Invitado

Re: Defendamos a un abogado en www.cita.es/escuchados

Permíteme comentar tu mensaje insertando así:

José Luis Buenestado Barroso ha escrito:


A grosso modo Miguel‚ no crees que dichas escuchas efectuadas al inculpado y
que acaban con la  citación efectuada al abogado son inconstitucionales??‚

Lo que creo es que hay una “melé” jurídica fenomenal en materia de
escuchas· Lo lamentable es que la torpeza de una juez instructora
primeriza (sí‚ sí‚ aunque parezca increíble‚ esta magistrada del TSJ
de Canarias no ha instruido ningún otro sumario‚ porque entró en la
judicatura hace muy poco tiempo‚ directamente al TSJC‚ donde nunca se
ha instruido nada parecido‚ y ya ves‚ le ha tocado a ella) pueda anular
pruebas muy valiosas· Mi opinión es que un juez‚ por su condición de
tal‚ no puede anular ninguna escucha que se haga contra él (que es lo
que el ex–presidente de la Audiencia Provincial de Las Palmas
pretende)‚ porque tiene sus derechos mucho más reducidos que los de un
presunto (cualquier presunto sea lo que sea lo que se le presuma)
hablando con su abogado· Y sin embargo‚ el corporativismo y el mamoneo
político puede hacer que sea al revés‚ y el presunto se quede sin
abogado‚ y las escuhas al juez sin valor·

Luego ocurrirán cosas como la del suicidio de Adamo Bove que narro en
http://www.cita.es/escuchadores


recordemos las escuchas realizadas e intervenidas del caso farruquito quea
pesar de que el Ministerio Fiscal las daba por buenas ‚ fueron declaradas
inconstitucionales‚ ya que dichas intervenciones estaban autorizadas
judicialmente para otro caso distinto y en todo caso la conversación de
farruquito por donde se confesaba culpable no había sido autorizada su
interceptación‚ ni por el interesado ni por orden judicial.

Cualquier comparación de lo ocurrido en Canarias con cualquier otra
escucha es odiosa· Basta con leer las noticias de
http://www.cita.es/escuchados
para darse cuenta que en Canarias se sentará un precedente muy
singular‚ sea lo que sea lo que se resuelva judicialmente·


Este caso que comentas es muy similar‚ o aún peor si cabe‚ ya que el
teléfono se lo intervienen al imputado‚ y éste es normal que efectúe
conversaciones con su letrado‚ el letrado ejerce el derecho a la
representación y debe guardar sigilo profesional y secreto profesional‚la
similitud es patente‚ ya que del mismo modo que las escuchas grabadas a
farruquito no valieron‚ por no mediar consentimiento ni conocimiento por el
interesado‚ las escuchas de esas conversaciones de abogado y cliente tampoco
valdrían‚ ya que el abogado hasta ese momento‚ ni es imputado‚ denunciado‚
ni siquiera investigado‚ y es lo más normal que en la representación de su
cliente hable con él‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚ por ello creo desde mi
humilde opinión como alumno de 3º de derecho‚ que dichas intervenciones son
inconstitucionales  a todas luces.

La mía se orienta a la “Ética Aplicada"‚ sobre la que acabo de
terminar lo que puede verse en http://www.cita.es/policial/trabajo.doc

Lo que me gustaría conocer es lo que opina el abogado‚ y lo que
opinaría cada abogado que sea llamado como testigo de las
conversaciones que mantenga con su propio cliente·


Es más‚ me atrevería a decir ‚ que aunque el abogado sea llamado como
testigo‚ éste está amparado a no declarar por clausula de conciencia y
secreto profesional‚ ya que de otro modo se inculcaría los derechos
fundamentales del inculpado a una asistencia letrada‚ a un proceso sin
dilaciones‚ a u proceso con todas las garantías y a una sentencia justa
conforme al art 24 CE…………………

Mira al final de http://www.cita.es/escuchadores
y verás que estoy arriesgando bastante para evitar instrucciones
judiciales delictivas en sí mismas‚ porque también se puede
delinquir‚ y se delinque‚ con toga y puñetas·

Salu2

miguel‚ www.cita.es/conmigo


“Miguel A· Gallardo en http://www.cita.es” <miguelito.gallardo@gmail.com
escribió en el mensaje
news:1154164756.191801.145450@75g2000cwc.googlegroups.com…
Vamos a ver‚ en mi opinión‚ lo que procede es estudiar los precedentes
del precedente del TSJ de Canarias que ha citado como testigo a un
abogado porque hablaba con su cliente que tenía el teléfono
intervenido‚ y además‚ le dice al cliente que se busque otro abogado o
que le le pondrá uno de oficio porque el que ha sido grabado hablando
con él ya no puede serlo·

¿Alguien conoce algún precedente de algo así? Por favor‚ que no se
confunca con imputaciones como la de José María del Nido o la de
Rafael Jiménez de Parga que describo con referencias publicadas en
http://www.cita.es/enjuiciada

Evidentemente‚ un abogado puede ser imputado‚ procesado y condenado
como cualquier hijo de vecino‚ pero NO puede ser testigo forzoso de las
conversaciones intervenidas a su cliente‚ y menos aún ser separado de
él sólo por este hecho‚ en sí mismo‚ algo más que preocupante·

Lo que a mí me interesa es el fenómeno con sus precedentes y
consecuencias‚ y su racionalidad· Tengo algunos datos más de contexto‚
pero no son imprescindibles para comprender el caso‚ y prefiero
reservármelos porque la judicatura Canaria no va a entender que yo
escriba aquí lo que los vocales del Consejo General del Poder Judicial
no parecen haber percibido del gravísimo problema creado en Las
Palmas‚ pero basta con leer atentamente las primeras noticias de
http://www.cita.es/escuchados

Respecto a “in"‚ no es que sea duro· Es que él es‚ exactamente‚ eso
mismo de lo que viene acusándome cada vez que me lee· Cualquiera que
conozca el mecanismo de las proyecciones psicopatológicas comprenderá
que es un caso de libro el de “in” conmigo·

miguel‚ www.cita.es/conmigo

José Luis Buenestado Barroso ha escrito:


  Hola amigos:

  Pues a defenderle‚ que es lo que hay que hacer‚ decir o a donde hay queir
  Miguel‚ y tú “in” deja de ser tan duro con Miguel‚ buytres haberlos
  haylos‚
  pero no creo que sea éste el caso‚ cada uno se vende y promociona como
  puede‚ es la ley de la Economía‚ la oferta y demanda‚‚‚‚‚‚‚
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Miguel A. Gallardo en http://www.cita.es
Invitado

Re: Defendamos a un abogado en www.cita.es/escuchados

Permíteme comentar tu mensaje insertando así:

José Luis Buenestado Barroso ha escrito:


A grosso modo Miguel‚ no crees que dichas escuchas efectuadas al inculpado y
que acaban con la  citación efectuada al abogado son inconstitucionales??‚

Lo que creo es que hay una “melé” jurídica fenomenal en materia de
escuchas· Lo lamentable es que la torpeza de una juez instructora
primeriza (sí‚ sí‚ aunque parezca increíble‚ esta magistrada del TSJ
de Canarias no ha instruido ningún otro sumario‚ porque entró en la
judicatura hace muy poco tiempo‚ directamente al TSJC‚ donde nunca se
ha instruido nada parecido‚ y ya ves‚ le ha tocado a ella) pueda anular
pruebas muy valiosas· Mi opinión es que un juez‚ por su condición de
tal‚ no puede anular ninguna escucha que se haga contra él (que es lo
que el ex–presidente de la Audiencia Provincial de Las Palmas
pretende)‚ porque tiene sus derechos mucho más reducidos que los de un
presunto (cualquier presunto sea lo que sea lo que se le presuma)
hablando con su abogado· Y sin embargo‚ el corporativismo y el mamoneo
político puede hacer que sea al revés‚ y el presunto se quede sin
abogado‚ y las escuhas al juez sin valor·

Luego ocurrirán cosas como la del suicidio de Adamo Bove que narro en
http://www.cita.es/escuchadores


recordemos las escuchas realizadas e intervenidas del caso farruquito quea
pesar de que el Ministerio Fiscal las daba por buenas ‚ fueron declaradas
inconstitucionales‚ ya que dichas intervenciones estaban autorizadas
judicialmente para otro caso distinto y en todo caso la conversación de
farruquito por donde se confesaba culpable no había sido autorizada su
interceptación‚ ni por el interesado ni por orden judicial.

Cualquier comparación de lo ocurrido en Canarias con cualquier otra
escucha es odiosa· Basta con leer las noticias de
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para darse cuenta que en Canarias se sentará un precedente muy
singular‚ sea lo que sea lo que se resuelva judicialmente·


Este caso que comentas es muy similar‚ o aún peor si cabe‚ ya que el
teléfono se lo intervienen al imputado‚ y éste es normal que efectúe
conversaciones con su letrado‚ el letrado ejerce el derecho a la
representación y debe guardar sigilo profesional y secreto profesional‚la
similitud es patente‚ ya que del mismo modo que las escuchas grabadas a
farruquito no valieron‚ por no mediar consentimiento ni conocimiento por el
interesado‚ las escuchas de esas conversaciones de abogado y cliente tampoco
valdrían‚ ya que el abogado hasta ese momento‚ ni es imputado‚ denunciado‚
ni siquiera investigado‚ y es lo más normal que en la representación de su
cliente hable con él‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚ por ello creo desde mi
humilde opinión como alumno de 3º de derecho‚ que dichas intervenciones son
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opinaría cada abogado que sea llamado como testigo de las
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Es más‚ me atrevería a decir ‚ que aunque el abogado sea llamado como
testigo‚ éste está amparado a no declarar por clausula de conciencia y
secreto profesional‚ ya que de otro modo se inculcaría los derechos
fundamentales del inculpado a una asistencia letrada‚ a un proceso sin
dilaciones‚ a u proceso con todas las garantías y a una sentencia justa
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Mira al final de http://www.cita.es/escuchadores
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delinquir‚ y se delinque‚ con toga y puñetas·

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“Miguel A· Gallardo en http://www.cita.es” <miguelito.gallardo@gmail.com
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Vamos a ver‚ en mi opinión‚ lo que procede es estudiar los precedentes
del precedente del TSJ de Canarias que ha citado como testigo a un
abogado porque hablaba con su cliente que tenía el teléfono
intervenido‚ y además‚ le dice al cliente que se busque otro abogado o
que le le pondrá uno de oficio porque el que ha sido grabado hablando
con él ya no puede serlo·

¿Alguien conoce algún precedente de algo así? Por favor‚ que no se
confunca con imputaciones como la de José María del Nido o la de
Rafael Jiménez de Parga que describo con referencias publicadas en
http://www.cita.es/enjuiciada

Evidentemente‚ un abogado puede ser imputado‚ procesado y condenado
como cualquier hijo de vecino‚ pero NO puede ser testigo forzoso de las
conversaciones intervenidas a su cliente‚ y menos aún ser separado de
él sólo por este hecho‚ en sí mismo‚ algo más que preocupante·

Lo que a mí me interesa es el fenómeno con sus precedentes y
consecuencias‚ y su racionalidad· Tengo algunos datos más de contexto‚
pero no son imprescindibles para comprender el caso‚ y prefiero
reservármelos porque la judicatura Canaria no va a entender que yo
escriba aquí lo que los vocales del Consejo General del Poder Judicial
no parecen haber percibido del gravísimo problema creado en Las
Palmas‚ pero basta con leer atentamente las primeras noticias de
http://www.cita.es/escuchados

Respecto a “in"‚ no es que sea duro· Es que él es‚ exactamente‚ eso
mismo de lo que viene acusándome cada vez que me lee· Cualquiera que
conozca el mecanismo de las proyecciones psicopatológicas comprenderá
que es un caso de libro el de “in” conmigo·

miguel‚ www.cita.es/conmigo

José Luis Buenestado Barroso ha escrito:


  Hola amigos:

  Pues a defenderle‚ que es lo que hay que hacer‚ decir o a donde hay queir
  Miguel‚ y tú “in” deja de ser tan duro con Miguel‚ buytres haberlos
  haylos‚
  pero no creo que sea éste el caso‚ cada uno se vende y promociona como
  puede‚ es la ley de la Economía‚ la oferta y demanda‚‚‚‚‚‚‚
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José Luis Buenestado Barroso
Invitado

Re: Defendamos a un abogado en www.cita.es/escuchados

Tienes toda la razón Miguel‚ prima facie la juez no parece muy puesta en el
tema‚ una cosa es que un Juez por su condición de funcionario o autoridad
esté sujeto de forma más rigorosa al ius puniendi del Estado y por ello en
caso de supuesto delito tenga reducidas sus garantías procesales‚ y otra
cosa muy distinta es la inculcación de derechos fundamentales‚ como también
no podría ser menos la inculcación de los derechos del abogado defensor‚ por
lo anteriormente comentado en tu página web así como en las noticias‚ es
indudable la constitucionalidad de la confidencialidad entre abogado y
cliente sea éste quien sea‚ ni el juez inculpado está obligado a declarar
contra sí mismo‚ ni el abogado defensor está obligado a la revelación de
conversaciones con su cliente en cuanto a la defensa de éste‚ y máxime
cuando ha sido citado para declarar por unas escuchas telefónicas efectuadas
al inculpado‚  hasta aquí podríamos llegar‚ la inseguridad jurídica está
servida sobre la mesa‚‚‚‚‚‚‚

José Luis Buenestado‚ Policía Local y alumno de Tercero de Derecho·
www.infopolicia.es (infopolicia@infopolicia.es)
"Miguel A· Gallardo en http://www.cita.es” <miguelito.gallardo@gmail.com
escribió en el mensaje
news:1154256676.513811.120330@h48g2000cwc.googlegroups.com…
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José Luis Buenestado Barroso ha escrito:


A grosso modo Miguel‚ no crees que dichas escuchas efectuadas al inculpado
y
que acaban con la  citación efectuada al abogado son inconstitucionales??‚

Lo que creo es que hay una “melé” jurídica fenomenal en materia de
escuchas· Lo lamentable es que la torpeza de una juez instructora
primeriza (sí‚ sí‚ aunque parezca increíble‚ esta magistrada del TSJ
de Canarias no ha instruido ningún otro sumario‚ porque entró en la
judicatura hace muy poco tiempo‚ directamente al TSJC‚ donde nunca se
ha instruido nada parecido‚ y ya ves‚ le ha tocado a ella) pueda anular
pruebas muy valiosas· Mi opinión es que un juez‚ por su condición de
tal‚ no puede anular ninguna escucha que se haga contra él (que es lo
que el ex–presidente de la Audiencia Provincial de Las Palmas
pretende)‚ porque tiene sus derechos mucho más reducidos que los de un
presunto (cualquier presunto sea lo que sea lo que se le presuma)
hablando con su abogado· Y sin embargo‚ el corporativismo y el mamoneo
político puede hacer que sea al revés‚ y el presunto se quede sin
abogado‚ y las escuhas al juez sin valor·

Luego ocurrirán cosas como la del suicidio de Adamo Bove que narro en
http://www.cita.es/escuchadores


recordemos las escuchas realizadas e intervenidas del caso farruquito que
a
pesar de que el Ministerio Fiscal las daba por buenas ‚ fueron declaradas
inconstitucionales‚ ya que dichas intervenciones estaban autorizadas
judicialmente para otro caso distinto y en todo caso la conversación de
farruquito por donde se confesaba culpable no había sido autorizada su
interceptación‚ ni por el interesado ni por orden judicial.

Cualquier comparación de lo ocurrido en Canarias con cualquier otra
escucha es odiosa· Basta con leer las noticias de
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para darse cuenta que en Canarias se sentará un precedente muy
singular‚ sea lo que sea lo que se resuelva judicialmente·


Este caso que comentas es muy similar‚ o aún peor si cabe‚ ya que el
teléfono se lo intervienen al imputado‚ y éste es normal que efectúe
conversaciones con su letrado‚ el letrado ejerce el derecho a la
representación y debe guardar sigilo profesional y secreto profesional‚ la
similitud es patente‚ ya que del mismo modo que las escuchas grabadas a
farruquito no valieron‚ por no mediar consentimiento ni conocimiento por
el
interesado‚ las escuchas de esas conversaciones de abogado y cliente
tampoco
valdrían‚ ya que el abogado hasta ese momento‚ ni es imputado‚ denunciado‚
ni siquiera investigado‚ y es lo más normal que en la representación de su
cliente hable con él‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚ por ello creo desde mi
humilde opinión como alumno de 3º de derecho‚ que dichas intervenciones
son
inconstitucionales  a todas luces.

La mía se orienta a la “Ética Aplicada"‚ sobre la que acabo de
terminar lo que puede verse en http://www.cita.es/policial/trabajo.doc

Lo que me gustaría conocer es lo que opina el abogado‚ y lo que
opinaría cada abogado que sea llamado como testigo de las
conversaciones que mantenga con su propio cliente·


Es más‚ me atrevería a decir ‚ que aunque el abogado sea llamado como
testigo‚ éste está amparado a no declarar por clausula de conciencia y
secreto profesional‚ ya que de otro modo se inculcaría los derechos
fundamentales del inculpado a una asistencia letrada‚ a un proceso sin
dilaciones‚ a u proceso con todas las garantías y a una sentencia justa
conforme al art 24 CE…………………

Mira al final de http://www.cita.es/escuchadores
y verás que estoy arriesgando bastante para evitar instrucciones
judiciales delictivas en sí mismas‚ porque también se puede
delinquir‚ y se delinque‚ con toga y puñetas·

Salu2

miguel‚ www.cita.es/conmigo


“Miguel A· Gallardo en http://www.cita.es” <miguelito.gallardo@gmail.com
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Vamos a ver‚ en mi opinión‚ lo que procede es estudiar los precedentes
del precedente del TSJ de Canarias que ha citado como testigo a un
abogado porque hablaba con su cliente que tenía el teléfono
intervenido‚ y además‚ le dice al cliente que se busque otro abogado o
que le le pondrá uno de oficio porque el que ha sido grabado hablando
con él ya no puede serlo·

¿Alguien conoce algún precedente de algo así? Por favor‚ que no se
confunca con imputaciones como la de José María del Nido o la de
Rafael Jiménez de Parga que describo con referencias publicadas en
http://www.cita.es/enjuiciada

Evidentemente‚ un abogado puede ser imputado‚ procesado y condenado
como cualquier hijo de vecino‚ pero NO puede ser testigo forzoso de las
conversaciones intervenidas a su cliente‚ y menos aún ser separado de
él sólo por este hecho‚ en sí mismo‚ algo más que preocupante·

Lo que a mí me interesa es el fenómeno con sus precedentes y
consecuencias‚ y su racionalidad· Tengo algunos datos más de contexto‚
pero no son imprescindibles para comprender el caso‚ y prefiero
reservármelos porque la judicatura Canaria no va a entender que yo
escriba aquí lo que los vocales del Consejo General del Poder Judicial
no parecen haber percibido del gravísimo problema creado en Las
Palmas‚ pero basta con leer atentamente las primeras noticias de
http://www.cita.es/escuchados

Respecto a “in"‚ no es que sea duro· Es que él es‚ exactamente‚ eso
mismo de lo que viene acusándome cada vez que me lee· Cualquiera que
conozca el mecanismo de las proyecciones psicopatológicas comprenderá
que es un caso de libro el de “in” conmigo·

miguel‚ www.cita.es/conmigo

José Luis Buenestado Barroso ha escrito:


  Hola amigos:

  Pues a defenderle‚ que es lo que hay que hacer‚ decir o a donde hay que
  ir
  Miguel‚ y tú “in” deja de ser tan duro con Miguel‚ buytres haberlos
  haylos‚
  pero no creo que sea éste el caso‚ cada uno se vende y promociona como
  puede‚ es la ley de la Economía‚ la oferta y demanda‚‚‚‚‚‚‚
  “in” <hola@ctv.es escribió en el mensaje
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  a quien al compañero o al buitre?
 
 
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José Luis Buenestado Barroso
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Tienes toda la razón Miguel‚ prima facie la juez no parece muy puesta en el
tema‚ una cosa es que un Juez por su condición de funcionario o autoridad
esté sujeto de forma más rigorosa al ius puniendi del Estado y por ello en
caso de supuesto delito tenga reducidas sus garantías procesales‚ y otra
cosa muy distinta es la inculcación de derechos fundamentales‚ como también
no podría ser menos la inculcación de los derechos del abogado defensor‚ por
lo anteriormente comentado en tu página web así como en las noticias‚ es
indudable la constitucionalidad de la confidencialidad entre abogado y
cliente sea éste quien sea‚ ni el juez inculpado está obligado a declarar
contra sí mismo‚ ni el abogado defensor está obligado a la revelación de
conversaciones con su cliente en cuanto a la defensa de éste‚ y máxime
cuando ha sido citado para declarar por unas escuchas telefónicas efectuadas
al inculpado‚  hasta aquí podríamos llegar‚ la inseguridad jurídica está
servida sobre la mesa‚‚‚‚‚‚‚

José Luis Buenestado‚ Policía Local y alumno de Tercero de Derecho·
www.infopolicia.es (infopolicia@infopolicia.es)
"Miguel A· Gallardo en http://www.cita.es” <miguelito.gallardo@gmail.com
escribió en el mensaje
news:1154256676.513811.120330@h48g2000cwc.googlegroups.com…
Permíteme comentar tu mensaje insertando así:

José Luis Buenestado Barroso ha escrito:


A grosso modo Miguel‚ no crees que dichas escuchas efectuadas al inculpado
y
que acaban con la  citación efectuada al abogado son inconstitucionales??‚

Lo que creo es que hay una “melé” jurídica fenomenal en materia de
escuchas· Lo lamentable es que la torpeza de una juez instructora
primeriza (sí‚ sí‚ aunque parezca increíble‚ esta magistrada del TSJ
de Canarias no ha instruido ningún otro sumario‚ porque entró en la
judicatura hace muy poco tiempo‚ directamente al TSJC‚ donde nunca se
ha instruido nada parecido‚ y ya ves‚ le ha tocado a ella) pueda anular
pruebas muy valiosas· Mi opinión es que un juez‚ por su condición de
tal‚ no puede anular ninguna escucha que se haga contra él (que es lo
que el ex–presidente de la Audiencia Provincial de Las Palmas
pretende)‚ porque tiene sus derechos mucho más reducidos que los de un
presunto (cualquier presunto sea lo que sea lo que se le presuma)
hablando con su abogado· Y sin embargo‚ el corporativismo y el mamoneo
político puede hacer que sea al revés‚ y el presunto se quede sin
abogado‚ y las escuhas al juez sin valor·

Luego ocurrirán cosas como la del suicidio de Adamo Bove que narro en
http://www.cita.es/escuchadores


recordemos las escuchas realizadas e intervenidas del caso farruquito que
a
pesar de que el Ministerio Fiscal las daba por buenas ‚ fueron declaradas
inconstitucionales‚ ya que dichas intervenciones estaban autorizadas
judicialmente para otro caso distinto y en todo caso la conversación de
farruquito por donde se confesaba culpable no había sido autorizada su
interceptación‚ ni por el interesado ni por orden judicial.

Cualquier comparación de lo ocurrido en Canarias con cualquier otra
escucha es odiosa· Basta con leer las noticias de
http://www.cita.es/escuchados
para darse cuenta que en Canarias se sentará un precedente muy
singular‚ sea lo que sea lo que se resuelva judicialmente·


Este caso que comentas es muy similar‚ o aún peor si cabe‚ ya que el
teléfono se lo intervienen al imputado‚ y éste es normal que efectúe
conversaciones con su letrado‚ el letrado ejerce el derecho a la
representación y debe guardar sigilo profesional y secreto profesional‚ la
similitud es patente‚ ya que del mismo modo que las escuchas grabadas a
farruquito no valieron‚ por no mediar consentimiento ni conocimiento por
el
interesado‚ las escuchas de esas conversaciones de abogado y cliente
tampoco
valdrían‚ ya que el abogado hasta ese momento‚ ni es imputado‚ denunciado‚
ni siquiera investigado‚ y es lo más normal que en la representación de su
cliente hable con él‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚ por ello creo desde mi
humilde opinión como alumno de 3º de derecho‚ que dichas intervenciones
son
inconstitucionales  a todas luces.

La mía se orienta a la “Ética Aplicada"‚ sobre la que acabo de
terminar lo que puede verse en http://www.cita.es/policial/trabajo.doc

Lo que me gustaría conocer es lo que opina el abogado‚ y lo que
opinaría cada abogado que sea llamado como testigo de las
conversaciones que mantenga con su propio cliente·


Es más‚ me atrevería a decir ‚ que aunque el abogado sea llamado como
testigo‚ éste está amparado a no declarar por clausula de conciencia y
secreto profesional‚ ya que de otro modo se inculcaría los derechos
fundamentales del inculpado a una asistencia letrada‚ a un proceso sin
dilaciones‚ a u proceso con todas las garantías y a una sentencia justa
conforme al art 24 CE…………………

Mira al final de http://www.cita.es/escuchadores
y verás que estoy arriesgando bastante para evitar instrucciones
judiciales delictivas en sí mismas‚ porque también se puede
delinquir‚ y se delinque‚ con toga y puñetas·

Salu2

miguel‚ www.cita.es/conmigo


“Miguel A· Gallardo en http://www.cita.es” <miguelito.gallardo@gmail.com
escribió en el mensaje
news:1154164756.191801.145450@75g2000cwc.googlegroups.com…
Vamos a ver‚ en mi opinión‚ lo que procede es estudiar los precedentes
del precedente del TSJ de Canarias que ha citado como testigo a un
abogado porque hablaba con su cliente que tenía el teléfono
intervenido‚ y además‚ le dice al cliente que se busque otro abogado o
que le le pondrá uno de oficio porque el que ha sido grabado hablando
con él ya no puede serlo·

¿Alguien conoce algún precedente de algo así? Por favor‚ que no se
confunca con imputaciones como la de José María del Nido o la de
Rafael Jiménez de Parga que describo con referencias publicadas en
http://www.cita.es/enjuiciada

Evidentemente‚ un abogado puede ser imputado‚ procesado y condenado
como cualquier hijo de vecino‚ pero NO puede ser testigo forzoso de las
conversaciones intervenidas a su cliente‚ y menos aún ser separado de
él sólo por este hecho‚ en sí mismo‚ algo más que preocupante·

Lo que a mí me interesa es el fenómeno con sus precedentes y
consecuencias‚ y su racionalidad· Tengo algunos datos más de contexto‚
pero no son imprescindibles para comprender el caso‚ y prefiero
reservármelos porque la judicatura Canaria no va a entender que yo
escriba aquí lo que los vocales del Consejo General del Poder Judicial
no parecen haber percibido del gravísimo problema creado en Las
Palmas‚ pero basta con leer atentamente las primeras noticias de
http://www.cita.es/escuchados

Respecto a “in"‚ no es que sea duro· Es que él es‚ exactamente‚ eso
mismo de lo que viene acusándome cada vez que me lee· Cualquiera que
conozca el mecanismo de las proyecciones psicopatológicas comprenderá
que es un caso de libro el de “in” conmigo·

miguel‚ www.cita.es/conmigo

José Luis Buenestado Barroso ha escrito:


  Hola amigos:

  Pues a defenderle‚ que es lo que hay que hacer‚ decir o a donde hay que
  ir
  Miguel‚ y tú “in” deja de ser tan duro con Miguel‚ buytres haberlos
  haylos‚
  pero no creo que sea éste el caso‚ cada uno se vende y promociona como
  puede‚ es la ley de la Economía‚ la oferta y demanda‚‚‚‚‚‚‚
  “in” <hola@ctv.es escribió en el mensaje
  news:eacq79$pu6$1@nsnmrro2–gest.nuria.telefonica–data.net…


  a quien al compañero o al buitre?
 
 
   “loli” <marilolopez1@terra.es escribió en el mensaje
   news:eacj51$al3$1@nsnmpen2–gest.nuria.telefonica–data.net…
   bueno lo defederemos
 
   ––
   loli––––––––––––––––––––––––––––––––
 
 
 

 
Miguel A. Gallardo en http://www.cita.es
Invitado

Re: Defendamos a un abogado en www.cita.es/escuchados

José Luis‚ he tardado en contestar porque he estado concentrado y
apremiado para presentar en plazo lo que puede verse en
http://www.cita.es/borrado/recurso.pdf
coherente con todo lo enlazado a http://www.cita.es/borrado

Mientras redactaba la argumentación de ese recurso‚ no podía dejar de
pensar lo inmoral del Poder que pretende saber todo de los demas‚ y que
no se sepa nada de él· Si las conversaciones de un cliente con un
abogado pueden grabarse‚ transcribirse y oritentar interrogatorios al
abogado‚ y ni si quiera puede saberse quién envió o recibió mensajes
de La Moncloa del 11 al 14 de marzo de 2004‚ o si se han borrado o no
los registros de los ficheros que Presidencia del Gobierno declarados a
la Agencia de Protección de Datos‚ nuestra sociedad se merece lo que
le ocurra‚ porque como decía Benjamín Franklin‚ una sociedad que
sacrifica su libertad por la seguridad‚ probablemente no merezca ni lo
uno‚ ni lo otro· Los seres humanos somos libres‚ pero las instituciones
no‚ y no se puede permitir al poder borrar las huellas de sus errores·
Debe asumirlos‚ y no atacar a quienes los investigamos‚ como lo
intentamos en http://www.cita.es/borrado

Respecto a las escuchas‚ en Italia se acaba de suicidar un escuchador·
Preveo que en España habrá algo parecido a lo ocurrido a Amadeo Bave
del que he recopilado algo en http://www.cita.es/escuchadores

Cosas veremos· Y algunas las oiremos‚ gracias a
http://www.cita.es/sitel

miguel‚ www.cita.es/escuchas

José Luis Buenestado Barroso ha escrito:


Tienes toda la razón Miguel‚ prima facie la juez no parece muy puesta en el
tema‚ una cosa es que un Juez por su condición de funcionario o autoridad
esté sujeto de forma más rigorosa al ius puniendi del Estado y por ello en
caso de supuesto delito tenga reducidas sus garantías procesales‚ y otra
cosa muy distinta es la inculcación de derechos fundamentales‚ como también
no podría ser menos la inculcación de los derechos del abogado defensor‚ por
lo anteriormente comentado en tu página web así como en las noticias‚es
indudable la constitucionalidad de la confidencialidad entre abogado y
cliente sea éste quien sea‚ ni el juez inculpado está obligado a declarar
contra sí mismo‚ ni el abogado defensor está obligado a la revelación de
conversaciones con su cliente en cuanto a la defensa de éste‚ y máxime
cuando ha sido citado para declarar por unas escuchas telefónicas efectuadas
al inculpado‚  hasta aquí podríamos llegar‚ la inseguridad jurídicaestá
servida sobre la mesa‚‚‚‚‚‚‚

José Luis Buenestado‚ Policía Local y alumno de Tercero de Derecho·
www.infopolicia.es (infopolicia@infopolicia.es)
“Miguel A· Gallardo en http://www.cita.es” <miguelito.gallardo@gmail.com
escribió en el mensaje
news:1154256676.513811.120330@h48g2000cwc.googlegroups.com…
Permíteme comentar tu mensaje insertando así:

José Luis Buenestado Barroso ha escrito:


  A grosso modo Miguel‚ no crees que dichas escuchas efectuadas al inculpado
  y
  que acaban con la  citación efectuada al abogado son inconstitucionales??‚

Lo que creo es que hay una “melé” jurídica fenomenal en materia de
escuchas· Lo lamentable es que la torpeza de una juez instructora
primeriza (sí‚ sí‚ aunque parezca increíble‚ esta magistrada del TSJ
de Canarias no ha instruido ningún otro sumario‚ porque entró en la
judicatura hace muy poco tiempo‚ directamente al TSJC‚ donde nunca se
ha instruido nada parecido‚ y ya ves‚ le ha tocado a ella) pueda anular
pruebas muy valiosas· Mi opinión es que un juez‚ por su condición de
tal‚ no puede anular ninguna escucha que se haga contra él (que es lo
que el ex–presidente de la Audiencia Provincial de Las Palmas
pretende)‚ porque tiene sus derechos mucho más reducidos que los de un
presunto (cualquier presunto sea lo que sea lo que se le presuma)
hablando con su abogado· Y sin embargo‚ el corporativismo y el mamoneo
político puede hacer que sea al revés‚ y el presunto se quede sin
abogado‚ y las escuhas al juez sin valor·

Luego ocurrirán cosas como la del suicidio de Adamo Bove que narro en
http://www.cita.es/escuchadores


  recordemos las escuchas realizadas e intervenidas del caso farruquito que
  a
  pesar de que el Ministerio Fiscal las daba por buenas ‚ fueron declaradas
  inconstitucionales‚ ya que dichas intervenciones estaban autorizadas
  judicialmente para otro caso distinto y en todo caso la conversación de
  farruquito por donde se confesaba culpable no había sido autorizada su
  interceptación‚ ni por el interesado ni por orden judicial.

Cualquier comparación de lo ocurrido en Canarias con cualquier otra
escucha es odiosa· Basta con leer las noticias de
http://www.cita.es/escuchados
para darse cuenta que en Canarias se sentará un precedente muy
singular‚ sea lo que sea lo que se resuelva judicialmente·


  Este caso que comentas es muy similar‚ o aún peor si cabe‚ ya que el
  teléfono se lo intervienen al imputado‚ y éste es normal que efectúe
  conversaciones con su letrado‚ el letrado ejerce el derecho a la
  representación y debe guardar sigilo profesional y secreto profesional‚ la
  similitud es patente‚ ya que del mismo modo que las escuchas grabadas a
  farruquito no valieron‚ por no mediar consentimiento ni conocimiento por
  el
  interesado‚ las escuchas de esas conversaciones de abogado y cliente
  tampoco
  valdrían‚ ya que el abogado hasta ese momento‚ ni es imputado‚ denunciado‚
  ni siquiera investigado‚ y es lo más normal que en la representación de su
  cliente hable con él‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚ por ello creo desde mi
  humilde opinión como alumno de 3º de derecho‚ que dichas intervenciones
  son
  inconstitucionales  a todas luces.

La mía se orienta a la “Ética Aplicada"‚ sobre la que acabo de
terminar lo que puede verse en http://www.cita.es/policial/trabajo.doc

Lo que me gustaría conocer es lo que opina el abogado‚ y lo que
opinaría cada abogado que sea llamado como testigo de las
conversaciones que mantenga con su propio cliente·


  Es más‚ me atrevería a decir ‚ que aunque el abogado sea llamado como
  testigo‚ éste está amparado a no declarar por clausula de conciencia y
  secreto profesional‚ ya que de otro modo se inculcaría los derechos
  fundamentales del inculpado a una asistencia letrada‚ a un proceso sin
  dilaciones‚ a u proceso con todas las garantías y a una sentencia justa
  conforme al art 24 CE…………………

Mira al final de http://www.cita.es/escuchadores
y verás que estoy arriesgando bastante para evitar instrucciones
judiciales delictivas en sí mismas‚ porque también se puede
delinquir‚ y se delinque‚ con toga y puñetas·

Salu2

miguel‚ www.cita.es/conmigo


  “Miguel A· Gallardo en http://www.cita.es” <miguelito.gallardo@gmail.com
  escribió en el mensaje
  news:1154164756.191801.145450@75g2000cwc.googlegroups.com…
  Vamos a ver‚ en mi opinión‚ lo que procede es estudiar los precedentes
  del precedente del TSJ de Canarias que ha citado como testigo a un
  abogado porque hablaba con su cliente que tenía el teléfono
  intervenido‚ y además‚ le dice al cliente que se busque otro abogado o
  que le le pondrá uno de oficio porque el que ha sido grabado hablando
  con él ya no puede serlo·

  ¿Alguien conoce algún precedente de algo así? Por favor‚ que no se
  confunca con imputaciones como la de José María del Nido o la de
  Rafael Jiménez de Parga que describo con referencias publicadas en
  http://www.cita.es/enjuiciada

  Evidentemente‚ un abogado puede ser imputado‚ procesado y condenado
  como cualquier hijo de vecino‚ pero NO puede ser testigo forzoso de las
  conversaciones intervenidas a su cliente‚ y menos aún ser separado de
  él sólo por este hecho‚ en sí mismo‚ algo más que preocupante·

  Lo que a mí me interesa es el fenómeno con sus precedentes y
  consecuencias‚ y su racionalidad· Tengo algunos datos más de contexto‚
  pero no son imprescindibles para comprender el caso‚ y prefiero
  reservármelos porque la judicatura Canaria no va a entender que yo
  escriba aquí lo que los vocales del Consejo General del Poder Judicial
  no parecen haber percibido del gravísimo problema creado en Las
  Palmas‚ pero basta con leer atentamente las primeras noticias de
  http://www.cita.es/escuchados

  Respecto a “in"‚ no es que sea duro· Es que él es‚ exactamente‚ eso
  mismo de lo que viene acusándome cada vez que me lee· Cualquiera que
  conozca el mecanismo de las proyecciones psicopatológicas comprenderá
  que es un caso de libro el de “in” conmigo·

  miguel‚ www.cita.es/conmigo

  José Luis Buenestado Barroso ha escrito:


   Hola amigos:
 
   Pues a defenderle‚ que es lo que hay que hacer‚ decir o a donde hay que
   ir
   Miguel‚ y tú “in” deja de ser tan duro con Miguel‚ buytres haberlos
   haylos‚
   pero no creo que sea éste el caso‚ cada uno se vende y promociona como
   puede‚ es la ley de la Economía‚ la oferta y demanda‚‚‚‚‚‚‚
   “in” <hola@ctv.es escribió en el mensaje
   news:eacq79$pu6$1@nsnmrro2–gest.nuria.telefonica–data.net…
   a quien al compañero o al buitre?
   
   
    “loli” <marilolopez1@terra.es escribió en el mensaje
    news:eacj51$al3$1@nsnmpen2–gest.nuria.telefonica–data.net…
    bueno lo defederemos
   
    ––
    loli––––––––––––––––––––––––––––––––
   
   
   

 
José Luis Buenestado Barroso
Invitado

Re: Defendamos a un abogado en www.cita.es/escuchados

Hola Miguel‚ tranquilo amigo‚ el Recurso de Apelación contra el auto de
sobreseimiento‚ tiene buena pinta de que sea admitido a trámite teniendo en
cuenta lo expuesto en los fundamentos jurídicos‚ lo que no tiene sentido es
la estimación de la fianza de 4000 ? hecha por el juzgado de Instrucción‚
máxime como cuando tu bien dices‚ la Asociación denunciante es sin ánimo de
lucro‚ se ve una aparente obstrucción a vuestra labor o cruzada‚ te seguiré
en tu cruzada a través de tu página‚ esto se pone muy i nteresante‚
saludos‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚

José Luis Buenestado Policía Local y alumno de 3º Derecho·
jbuenesta1@infopolicia.es  www.infopolicia.es
"Miguel A· Gallardo en http://www.cita.es” <miguelito.gallardo@gmail.com
escribió en el mensaje
news:1154771713.211855.240600@m73g2000cwd.googlegroups.com…
José Luis‚ he tardado en contestar porque he estado concentrado y
apremiado para presentar en plazo lo que puede verse en
http://www.cita.es/borrado/recurso.pdf
coherente con todo lo enlazado a http://www.cita.es/borrado

Mientras redactaba la argumentación de ese recurso‚ no podía dejar de
pensar lo inmoral del Poder que pretende saber todo de los demas‚ y que
no se sepa nada de él· Si las conversaciones de un cliente con un
abogado pueden grabarse‚ transcribirse y oritentar interrogatorios al
abogado‚ y ni si quiera puede saberse quién envió o recibió mensajes
de La Moncloa del 11 al 14 de marzo de 2004‚ o si se han borrado o no
los registros de los ficheros que Presidencia del Gobierno declarados a
la Agencia de Protección de Datos‚ nuestra sociedad se merece lo que
le ocurra‚ porque como decía Benjamín Franklin‚ una sociedad que
sacrifica su libertad por la seguridad‚ probablemente no merezca ni lo
uno‚ ni lo otro· Los seres humanos somos libres‚ pero las instituciones
no‚ y no se puede permitir al poder borrar las huellas de sus errores·
Debe asumirlos‚ y no atacar a quienes los investigamos‚ como lo
intentamos en http://www.cita.es/borrado

Respecto a las escuchas‚ en Italia se acaba de suicidar un escuchador·
Preveo que en España habrá algo parecido a lo ocurrido a Amadeo Bave
del que he recopilado algo en http://www.cita.es/escuchadores

Cosas veremos· Y algunas las oiremos‚ gracias a
http://www.cita.es/sitel

miguel‚ www.cita.es/escuchas

José Luis Buenestado Barroso ha escrito:


Tienes toda la razón Miguel‚ prima facie la juez no parece muy puesta en
el
tema‚ una cosa es que un Juez por su condición de funcionario o autoridad
esté sujeto de forma más rigorosa al ius puniendi del Estado y por ello en
caso de supuesto delito tenga reducidas sus garantías procesales‚ y otra
cosa muy distinta es la inculcación de derechos fundamentales‚ como
también
no podría ser menos la inculcación de los derechos del abogado defensor‚
por
lo anteriormente comentado en tu página web así como en las noticias‚ es
indudable la constitucionalidad de la confidencialidad entre abogado y
cliente sea éste quien sea‚ ni el juez inculpado está obligado a declarar
contra sí mismo‚ ni el abogado defensor está obligado a la revelación de
conversaciones con su cliente en cuanto a la defensa de éste‚ y máxime
cuando ha sido citado para declarar por unas escuchas telefónicas
efectuadas
al inculpado‚  hasta aquí podríamos llegar‚ la inseguridad jurídica está
servida sobre la mesa‚‚‚‚‚‚‚

José Luis Buenestado‚ Policía Local y alumno de Tercero de Derecho·
www.infopolicia.es (infopolicia@infopolicia.es)
“Miguel A· Gallardo en http://www.cita.es” <miguelito.gallardo@gmail.com
escribió en el mensaje
news:1154256676.513811.120330@h48g2000cwc.googlegroups.com…
Permíteme comentar tu mensaje insertando así:

José Luis Buenestado Barroso ha escrito:


  A grosso modo Miguel‚ no crees que dichas escuchas efectuadas al
  inculpado
  y
  que acaban con la  citación efectuada al abogado son
  inconstitucionales??‚

Lo que creo es que hay una “melé” jurídica fenomenal en materia de
escuchas· Lo lamentable es que la torpeza de una juez instructora
primeriza (sí‚ sí‚ aunque parezca increíble‚ esta magistrada del TSJ
de Canarias no ha instruido ningún otro sumario‚ porque entró en la
judicatura hace muy poco tiempo‚ directamente al TSJC‚ donde nunca se
ha instruido nada parecido‚ y ya ves‚ le ha tocado a ella) pueda anular
pruebas muy valiosas· Mi opinión es que un juez‚ por su condición de
tal‚ no puede anular ninguna escucha que se haga contra él (que es lo
que el ex–presidente de la Audiencia Provincial de Las Palmas
pretende)‚ porque tiene sus derechos mucho más reducidos que los de un
presunto (cualquier presunto sea lo que sea lo que se le presuma)
hablando con su abogado· Y sin embargo‚ el corporativismo y el mamoneo
político puede hacer que sea al revés‚ y el presunto se quede sin
abogado‚ y las escuhas al juez sin valor·

Luego ocurrirán cosas como la del suicidio de Adamo Bove que narro en
http://www.cita.es/escuchadores


  recordemos las escuchas realizadas e intervenidas del caso farruquito
  que
  a
  pesar de que el Ministerio Fiscal las daba por buenas ‚ fueron
  declaradas
  inconstitucionales‚ ya que dichas intervenciones estaban autorizadas
  judicialmente para otro caso distinto y en todo caso la conversación de
  farruquito por donde se confesaba culpable no había sido autorizada su
  interceptación‚ ni por el interesado ni por orden judicial.

Cualquier comparación de lo ocurrido en Canarias con cualquier otra
escucha es odiosa· Basta con leer las noticias de
http://www.cita.es/escuchados
para darse cuenta que en Canarias se sentará un precedente muy
singular‚ sea lo que sea lo que se resuelva judicialmente·


  Este caso que comentas es muy similar‚ o aún peor si cabe‚ ya que el
  teléfono se lo intervienen al imputado‚ y éste es normal que efectúe
  conversaciones con su letrado‚ el letrado ejerce el derecho a la
  representación y debe guardar sigilo profesional y secreto profesional‚
  la
  similitud es patente‚ ya que del mismo modo que las escuchas grabadas a
  farruquito no valieron‚ por no mediar consentimiento ni conocimiento por
  el
  interesado‚ las escuchas de esas conversaciones de abogado y cliente
  tampoco
  valdrían‚ ya que el abogado hasta ese momento‚ ni es imputado‚
  denunciado‚
  ni siquiera investigado‚ y es lo más normal que en la representación de
  su
  cliente hable con él‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚ por ello creo desde mi
  humilde opinión como alumno de 3º de derecho‚ que dichas intervenciones
  son
  inconstitucionales  a todas luces.

La mía se orienta a la “Ética Aplicada"‚ sobre la que acabo de
terminar lo que puede verse en http://www.cita.es/policial/trabajo.doc

Lo que me gustaría conocer es lo que opina el abogado‚ y lo que
opinaría cada abogado que sea llamado como testigo de las
conversaciones que mantenga con su propio cliente·


  Es más‚ me atrevería a decir ‚ que aunque el abogado sea llamado como
  testigo‚ éste está amparado a no declarar por clausula de conciencia y
  secreto profesional‚ ya que de otro modo se inculcaría los derechos
  fundamentales del inculpado a una asistencia letrada‚ a un proceso sin
  dilaciones‚ a u proceso con todas las garantías y a una sentencia justa
  conforme al art 24 CE…………………

Mira al final de http://www.cita.es/escuchadores
y verás que estoy arriesgando bastante para evitar instrucciones
judiciales delictivas en sí mismas‚ porque también se puede
delinquir‚ y se delinque‚ con toga y puñetas·

Salu2

miguel‚ www.cita.es/conmigo


  “Miguel A· Gallardo en http://www.cita.es"
  <miguelito.gallardo@gmail.com
  escribió en el mensaje
  news:1154164756.191801.145450@75g2000cwc.googlegroups.com…
  Vamos a ver‚ en mi opinión‚ lo que procede es estudiar los precedentes
  del precedente del TSJ de Canarias que ha citado como testigo a un
  abogado porque hablaba con su cliente que tenía el teléfono
  intervenido‚ y además‚ le dice al cliente que se busque otro abogado o
  que le le pondrá uno de oficio porque el que ha sido grabado hablando
  con él ya no puede serlo·

  ¿Alguien conoce algún precedente de algo así? Por favor‚ que no se
  confunca con imputaciones como la de José María del Nido o la de
  Rafael Jiménez de Parga que describo con referencias publicadas en
  http://www.cita.es/enjuiciada

  Evidentemente‚ un abogado puede ser imputado‚ procesado y condenado
  como cualquier hijo de vecino‚ pero NO puede ser testigo forzoso de las
  conversaciones intervenidas a su cliente‚ y menos aún ser separado de
  él sólo por este hecho‚ en sí mismo‚ algo más que preocupante·

  Lo que a mí me interesa es el fenómeno con sus precedentes y
  consecuencias‚ y su racionalidad· Tengo algunos datos más de contexto‚
  pero no son imprescindibles para comprender el caso‚ y prefiero
  reservármelos porque la judicatura Canaria no va a entender que yo
  escriba aquí lo que los vocales del Consejo General del Poder Judicial
  no parecen haber percibido del gravísimo problema creado en Las
  Palmas‚ pero basta con leer atentamente las primeras noticias de
  http://www.cita.es/escuchados

  Respecto a “in"‚ no es que sea duro· Es que él es‚ exactamente‚ eso
  mismo de lo que viene acusándome cada vez que me lee· Cualquiera que
  conozca el mecanismo de las proyecciones psicopatológicas comprenderá
  que es un caso de libro el de “in” conmigo·

  miguel‚ www.cita.es/conmigo

  José Luis Buenestado Barroso ha escrito:


   Hola amigos:
 
   Pues a defenderle‚ que es lo que hay que hacer‚ decir o a donde hay
   que
   ir
   Miguel‚ y tú “in” deja de ser tan duro con Miguel‚ buytres haberlos
   haylos‚
   pero no creo que sea éste el caso‚ cada uno se vende y promociona como
   puede‚ es la ley de la Economía‚ la oferta y demanda‚‚‚‚‚‚‚
   “in” <hola@ctv.es escribió en el mensaje
   news:eacq79$pu6$1@nsnmrro2–gest.nuria.telefonica–data.net…
   a quien al compañero o al buitre?
   
   
    “loli” <marilolopez1@terra.es escribió en el mensaje
    news:eacj51$al3$1@nsnmpen2–gest.nuria.telefonica–data.net…
    bueno lo defederemos
   
    ––
    loli––––––––––––––––––––––––––––––––
   
   
   

 
Miguel A. Gallardo en http://www.cita.es
Invitado

Re: Defendamos a un abogado en www.cita.es/escuchados

José Luis‚ he tardado en contestar porque he estado concentrado y
apremiado para presentar en plazo lo que puede verse en
http://www.cita.es/borrado/recurso.pdf
coherente con todo lo enlazado a http://www.cita.es/borrado

Mientras redactaba la argumentación de ese recurso‚ no podía dejar de
pensar lo inmoral del Poder que pretende saber todo de los demas‚ y que
no se sepa nada de él· Si las conversaciones de un cliente con un
abogado pueden grabarse‚ transcribirse y oritentar interrogatorios al
abogado‚ y ni si quiera puede saberse quién envió o recibió mensajes
de La Moncloa del 11 al 14 de marzo de 2004‚ o si se han borrado o no
los registros de los ficheros que Presidencia del Gobierno declarados a
la Agencia de Protección de Datos‚ nuestra sociedad se merece lo que
le ocurra‚ porque como decía Benjamín Franklin‚ una sociedad que
sacrifica su libertad por la seguridad‚ probablemente no merezca ni lo
uno‚ ni lo otro· Los seres humanos somos libres‚ pero las instituciones
no‚ y no se puede permitir al poder borrar las huellas de sus errores·
Debe asumirlos‚ y no atacar a quienes los investigamos‚ como lo
intentamos en http://www.cita.es/borrado

Respecto a las escuchas‚ en Italia se acaba de suicidar un escuchador·
Preveo que en España habrá algo parecido a lo ocurrido a Amadeo Bave
del que he recopilado algo en http://www.cita.es/escuchadores

Cosas veremos· Y algunas las oiremos‚ gracias a
http://www.cita.es/sitel

miguel‚ www.cita.es/escuchas

José Luis Buenestado Barroso ha escrito:


Tienes toda la razón Miguel‚ prima facie la juez no parece muy puesta en el
tema‚ una cosa es que un Juez por su condición de funcionario o autoridad
esté sujeto de forma más rigorosa al ius puniendi del Estado y por ello en
caso de supuesto delito tenga reducidas sus garantías procesales‚ y otra
cosa muy distinta es la inculcación de derechos fundamentales‚ como también
no podría ser menos la inculcación de los derechos del abogado defensor‚ por
lo anteriormente comentado en tu página web así como en las noticias‚es
indudable la constitucionalidad de la confidencialidad entre abogado y
cliente sea éste quien sea‚ ni el juez inculpado está obligado a declarar
contra sí mismo‚ ni el abogado defensor está obligado a la revelación de
conversaciones con su cliente en cuanto a la defensa de éste‚ y máxime
cuando ha sido citado para declarar por unas escuchas telefónicas efectuadas
al inculpado‚  hasta aquí podríamos llegar‚ la inseguridad jurídicaestá
servida sobre la mesa‚‚‚‚‚‚‚

José Luis Buenestado‚ Policía Local y alumno de Tercero de Derecho·
www.infopolicia.es (infopolicia@infopolicia.es)
“Miguel A· Gallardo en http://www.cita.es” <miguelito.gallardo@gmail.com
escribió en el mensaje
news:1154256676.513811.120330@h48g2000cwc.googlegroups.com…
Permíteme comentar tu mensaje insertando así:

José Luis Buenestado Barroso ha escrito:


  A grosso modo Miguel‚ no crees que dichas escuchas efectuadas al inculpado
  y
  que acaban con la  citación efectuada al abogado son inconstitucionales??‚

Lo que creo es que hay una “melé” jurídica fenomenal en materia de
escuchas· Lo lamentable es que la torpeza de una juez instructora
primeriza (sí‚ sí‚ aunque parezca increíble‚ esta magistrada del TSJ
de Canarias no ha instruido ningún otro sumario‚ porque entró en la
judicatura hace muy poco tiempo‚ directamente al TSJC‚ donde nunca se
ha instruido nada parecido‚ y ya ves‚ le ha tocado a ella) pueda anular
pruebas muy valiosas· Mi opinión es que un juez‚ por su condición de
tal‚ no puede anular ninguna escucha que se haga contra él (que es lo
que el ex–presidente de la Audiencia Provincial de Las Palmas
pretende)‚ porque tiene sus derechos mucho más reducidos que los de un
presunto (cualquier presunto sea lo que sea lo que se le presuma)
hablando con su abogado· Y sin embargo‚ el corporativismo y el mamoneo
político puede hacer que sea al revés‚ y el presunto se quede sin
abogado‚ y las escuhas al juez sin valor·

Luego ocurrirán cosas como la del suicidio de Adamo Bove que narro en
http://www.cita.es/escuchadores


  recordemos las escuchas realizadas e intervenidas del caso farruquito que
  a
  pesar de que el Ministerio Fiscal las daba por buenas ‚ fueron declaradas
  inconstitucionales‚ ya que dichas intervenciones estaban autorizadas
  judicialmente para otro caso distinto y en todo caso la conversación de
  farruquito por donde se confesaba culpable no había sido autorizada su
  interceptación‚ ni por el interesado ni por orden judicial.

Cualquier comparación de lo ocurrido en Canarias con cualquier otra
escucha es odiosa· Basta con leer las noticias de
http://www.cita.es/escuchados
para darse cuenta que en Canarias se sentará un precedente muy
singular‚ sea lo que sea lo que se resuelva judicialmente·


  Este caso que comentas es muy similar‚ o aún peor si cabe‚ ya que el
  teléfono se lo intervienen al imputado‚ y éste es normal que efectúe
  conversaciones con su letrado‚ el letrado ejerce el derecho a la
  representación y debe guardar sigilo profesional y secreto profesional‚ la
  similitud es patente‚ ya que del mismo modo que las escuchas grabadas a
  farruquito no valieron‚ por no mediar consentimiento ni conocimiento por
  el
  interesado‚ las escuchas de esas conversaciones de abogado y cliente
  tampoco
  valdrían‚ ya que el abogado hasta ese momento‚ ni es imputado‚ denunciado‚
  ni siquiera investigado‚ y es lo más normal que en la representación de su
  cliente hable con él‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚‚ por ello creo desde mi
  humilde opinión como alumno de 3º de derecho‚ que dichas intervenciones
  son
  inconstitucionales  a todas luces.

La mía se orienta a la “Ética Aplicada"‚ sobre la que acabo de
terminar lo que puede verse en http://www.cita.es/policial/trabajo.doc

Lo que me gustaría conocer es lo que opina el abogado‚ y lo que
opinaría cada abogado que sea llamado como testigo de las
conversaciones que mantenga con su propio cliente·


  Es más‚ me atrevería a decir ‚ que aunque el abogado sea llamado como
  testigo‚ éste está amparado a no declarar por clausula de conciencia y
  secreto profesional‚ ya que de otro modo se inculcaría los derechos
  fundamentales del inculpado a una asistencia letrada‚ a un proceso sin
  dilaciones‚ a u proceso con todas las garantías y a una sentencia justa
  conforme al art 24 CE…………………

Mira al final de http://www.cita.es/escuchadores
y verás que estoy arriesgando bastante para evitar instrucciones
judiciales delictivas en sí mismas‚ porque también se puede
delinquir‚ y se delinque‚ con toga y puñetas·

Salu2

miguel‚ www.cita.es/conmigo


  “Miguel A· Gallardo en http://www.cita.es” <miguelito.gallardo@gmail.com
  escribió en el mensaje
  news:1154164756.191801.145450@75g2000cwc.googlegroups.com…
  Vamos a ver‚ en mi opinión‚ lo que procede es estudiar los precedentes
  del precedente del TSJ de Canarias que ha citado como testigo a un
  abogado porque hablaba con su cliente que tenía el teléfono
  intervenido‚ y además‚ le dice al cliente que se busque otro abogado o
  que le le pondrá uno de oficio porque el que ha sido grabado hablando
  con él ya no puede serlo·

  ¿Alguien conoce algún precedente de algo así? Por favor‚ que no se
  confunca con imputaciones como la de José María del Nido o la de
  Rafael Jiménez de Parga que describo con referencias publicadas en
  http://www.cita.es/enjuiciada

  Evidentemente‚ un abogado puede ser imputado‚ procesado y condenado
  como cualquier hijo de vecino‚ pero NO puede ser testigo forzoso de las
  conversaciones intervenidas a su cliente‚ y menos aún ser separado de
  él sólo por este hecho‚ en sí mismo‚ algo más que preocupante·

  Lo que a mí me interesa es el fenómeno con sus precedentes y
  consecuencias‚ y su racionalidad· Tengo algunos datos más de contexto‚
  pero no son imprescindibles para comprender el caso‚ y prefiero
  reservármelos porque la judicatura Canaria no va a entender que yo
  escriba aquí lo que los vocales del Consejo General del Poder Judicial
  no parecen haber percibido del gravísimo problema creado en Las
  Palmas‚ pero basta con leer atentamente las primeras noticias de
  http://www.cita.es/escuchados

  Respecto a “in"‚ no es que sea duro· Es que él es‚ exactamente‚ eso
  mismo de lo que viene acusándome cada vez que me lee· Cualquiera que
  conozca el mecanismo de las proyecciones psicopatológicas comprenderá
  que es un caso de libro el de “in” conmigo·

  miguel‚ www.cita.es/conmigo

  José Luis Buenestado Barroso ha escrito:


   Hola amigos:
 
   Pues a defenderle‚ que es lo que hay que hacer‚ decir o a donde hay que
   ir
   Miguel‚ y tú “in” deja de ser tan duro con Miguel‚ buytres haberlos
   haylos‚
   pero no creo que sea éste el caso‚ cada uno se vende y promociona como
   puede‚ es la ley de la Economía‚ la oferta y demanda‚‚‚‚‚‚‚
   “in” <hola@ctv.es escribió en el mensaje
   news:eacq79$pu6$1@nsnmrro2–gest.nuria.telefonica–data.net…
   a quien al compañero o al buitre?
   
   
    “loli” <marilolopez1@terra.es escribió en el mensaje
    news:eacj51$al3$1@nsnmpen2–gest.nuria.telefonica–data.net…
    bueno lo defederemos
   
    ––
    loli––––––––––––––––––––––––––––––––
   
   
   

 
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